Contraloría

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Acuerdo Municipal 41 de 2010 del Concejo De Medellín y reglamentado por el Decreto Municipal 0505 del 17 de Marzo de 2011 de la Secretaría De Educación de Medellín. El o la Contralor(a) Escolar será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo del nivel de Educación Media, o de grado noveno o quinto en caso de que la institución educativa sólo ofrezca hasta el nivel de educación básica, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados.
Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el Plan de Trabajo. Parágrafo. La responsabilidad del Contralor Escolar, es incompatible con la del Personero Estudiantil y con la del representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.

Del Contralor Escolar

  1. En todas las Instituciones Educativas Oficiales del Municipio de Medellín habrá una Contraloría Escolar. La Contraloría Escolar será la encargada de promover y actuar.
  2. Como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos.
  3. Velará porque los programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurante Escolar, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura etc. De la respectiva institución educativa y de su entorno, cumplan con el objetivo propuesto.
  4. Será un estudiante que se encuentre debidamente matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo o undécimo del nivel de Educación media, o de grado noveno, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados.
  5. Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el Plan de Trabajo
  6. El contralor estudiantil contará con un grupo de apoyo, el cual estará conformado por estudiantes matriculados en la institución educativa, que cursen los grados sextos a undécimo; se elegirá democráticamente un representante por cada grado, por votación interna que realizará el alumnado el mismo día de la elección del Contralor Escolar.

Funciones del Contralor Escolar

  1. Liderar la Contraloría Escolar en la respectiva institución educativa.
  2. Ser vocero de la Contraloría Escolar ante la comunidad educativa.
  3. Convocar a los integrantes de la Contraloría Escolar a una reunión ordinaria cada dos meses, o extraordinaria cuando sea necesario.
  4. Representar la Contraloría Escolar ante la Red de Contralores Escolares.
  5. Solicitar a la Contraloría General de Medellín que realice las verificaciones que se consideren necesarias frente a las actuaciones de los gestores fiscales, a fin de que ésta determine si es procedente o no adelantar alguna acción de control fiscal.
  6. Solicitar a la Contraloría General de Medellín las capacitaciones que estime convenientes
  7. Verificar la publicación en lugar visible los informes de ejecución presupuestal de ingresos y gastos de los FSE.
  8. Verificar que el Rector publique semestralmente en cartelera las contrataciones que se haya celebrado con cargo a los Fondos de Servicios Educativos en la vigencia fiscal y la población beneficiada a través de los programas de gratuidad y derechos académicos y complementarios, restaurantes escolares, fondo de protección escolar, p.p y otros proyectos que tenga la Institución Educativa.
  9. Promover la comunicación en la comunidad educativa de las obras físicas que se van a realizar y el seguimiento para que las mismas se entreguen con la calidad requerida y con las necesidades de la población escolar.
  10. Solicitar al rector la publicación en lugar visible la Resolución del Ministerio de Educación Nacional, sobre la asignación de recursos de gratuidad provenientes para estudiantes SISBEN 1 y 2, así como la destinación que se le da en el presupuesto de gastos según la aprobación del Consejo Directivo.
  11. Solicitar al rector la publicación en lugar visible el Decreto de transferencia municipal de recursos por concepto de gratuidad para los niveles de sisben 1,2 y 3 y los recursos adicionales por concepto de estudiantes de media técnica.

Funciones del grupo de apoyo de la contraloría escolar

  1. Elegir el secretario (a) de la Contraloría Escolar para llevar el libro de actas.
  2. Apoyar el ejercicio del Control Fiscal en la institución educativa.
  3. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
  4. Conocer el presupuesto de la respectiva institución educativa y el plan de compras y verificar el cumplimiento de los resultados previstos con los gastos que se ordenan.
  5. Solicitar las actas del Consejo Directivo de la respectiva institución educativa relacionadas con presupuesto.
  6. Estudiar y analizar la información que sea allegada a la Contraloría Escolar.
  7. Presentar propuestas al Contralor relacionadas con las funciones inherentes a la Contraloría Escolar.
  8. Designar el reemplazo del Contralor Escolar en ausencia definitiva del elegido por la comunidad educativa.